AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1.- INTERNET
Dña. SINUOSA XX, mayor de edad, domiciliada en Avda. Blogspot.com, con DNI núm. 90-60-90 (ejem…), ante ese Juzgado comparece y como mejor proceda en derecho DICE:
Que a medio del presente escrito formula RECLAMACIÓN MORAL DE RESPONSABIIDAD a la COMUNIDAD DE BLOGUEROS que sigue, por los daños y perjuicios subjetivamente causados a su persona como consecuencia de los siguientes:
HECHOS
PRIMERO.- Que la dicente, enamorada perdida de la buena Literatura, viene manteniendo desde hace dos años, una ilusionada relación de pasión y enviciamiento con la susodicha COMUNIDAD BLOGUERA.
SEGUNDO.- Que en todo ese tiempo, la citada COMUNIDAD, y sin el consentimiento expreso-consciente de la dicente (¡viva el pareado!), ha tomado el mando de su cerebro.
TERCERO.- Que de resultas de dicha apropiación cerebral, dicha COMUNIDAD, no sólo ha hecho vaguear a la escritora que intenta ser, sino que ha causado, y sigue causando, graves daños morales y de cargo de conciencia a la dicente.
CUARTO.- Que la susodicha COMUNIDAD, amparándose en la necesidad de la dicente de emborracharse a diario con las letras, decidió, libre y sin el menor recato, colgar textos de calidad y belleza tan alta, que están resultando terriblemente dañinos para la autoestima de la dicente.
QUINTO.- Que la tal COMUNIDAD, escudándose en el contenido de los mensajes de elogio, que esporádicamente dedica a la obra de la dicente, no ha hecho más que aumentar la vanidad de ésta e impedir su liberación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- Competencia y tramitación. Para dilucidar la presente reclamación es competente el organismo y representación legal a quien la dicente se dirige.
Por todo ello,
SUPLICA AL JUZGADO tenga por presentado este escrito, las alegaciones que contiene y por formulada RECLAMACION MORAL DE RESPONSABILIDAD en reparación de los daños descritos y causados a la dicente, condenando a TODOS LOS COMPONENTES de la COMUNIDAD DE BLOGUEROS a los que lee, por ahora y sin perjuicio de posterior tasación, a no colgar tanta buena literatura, dejando descansar a la dicente durante al menos DOS SEMANAS para que pueda distribuirlas entre los inevitables quehaceres navideños; y tras los tramites legales oportunos, dicte resolución acordando la procedencia de la reclamación de responsabilidad ahora formulada, e indemnizando a la dicente con la cantidad de descanso arriba indicada, mas los intereses legales que en derecho procedan, y que, dadas las fechas en que estamos, podrían ser canjeados por un lote de besos y abrazos.
Es justicia que pide en Internet, a 21 de diciembre de 2009.
Firmado: SINUOSA XX
¡Feliz Navidad a todos mis queridos blogueros!